La información presentada ante el Congreso estatal señala que los expedientes representan 22.8 por ciento de los asuntos registrados en ese periodo.
Una reforma aprobada amplió a diez años el plazo mínimo de prescripción para delitos como peculado, cohecho y enriquecimiento ilícito, pero no aplicará a casos anteriores.
La Fiscalía Anticorrupción de Colima dejó prescribir 418 carpetas de investigación entre 2019 y 2025, de acuerdo con información entregada al Congreso del Estado e incorporada al dictamen 94 aprobado por legisladores locales.
Los expedientes que quedaron sin posibilidad de continuar por el vencimiento del plazo legal representan 22.8 por ciento de los asuntos registrados durante esos siete años, según los datos proporcionados por la fiscal especializada, Esperanza Ramírez Vela.
Ante esta situación, el Congreso de Colima aprobó una reforma para ampliar a un mínimo de diez años el plazo de prescripción para perseguir penalmente delitos relacionados con corrupción cometidos por servidores públicos o particulares.
La modificación establece que delitos como peculado, cohecho, enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad, tráfico de influencias, concusión, ejercicio indebido del servicio público y uso ilícito de atribuciones no podrán prescribir antes de ese periodo.
Sin embargo, la reforma no permitirá reabrir las 418 investigaciones ya prescritas ni aplicar sanciones por esos hechos, debido a que uno de los artículos transitorios establece que las nuevas disposiciones sólo serán aplicables a delitos cometidos después de su entrada en vigor.
Actualmente, los delitos relacionados con corrupción prescriben en periodos que van de tres años a once años y seis meses, dependiendo de las penas establecidas en el Código Penal del Estado.
Además, el Congreso modificó el artículo 108 para establecer que las actuaciones realizadas durante una investigación puedan interrumpir el plazo de prescripción. La reforma elimina la excepción que impedía interrumpir dicho plazo después de transcurrida la mitad del término en casos relacionados con hechos de corrupción.
La iniciativa original fue presentada por el fiscal general del Estado, quien planteó que el plazo comenzara a contar a partir de que una autoridad tuviera conocimiento formal del delito mediante una denuncia, auditoría, procedimiento de entrega-recepción o informe de un órgano fiscalizador.
Esa propuesta fue rechazada por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, al considerar que podría extender de manera excesiva la facultad del Estado para perseguir penalmente a una persona y afectar el principio de seguridad jurídica.
La reforma se aprobó después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinara que el delito de peculado no puede considerarse imprescriptible, al señalar que una persecución penal indefinida resulta desproporcionada.
Hasta el momento, la información difundida no detalla las causas administrativas por las que prescribieron las 418 carpetas, los montos de recursos públicos involucrados, las personas investigadas o si existieron responsabilidades por parte de servidores públicos encargados de los expedientes.
